
Es una duda muy habitual en estas fechas. Y la respuesta, con carácter general, es NO.
Aunque durante tus vacaciones se produzca un hecho que daría derecho a un permiso retribuido (hospitalización, intervención quirúrgica, fallecimiento de un familiar, etc.), las vacaciones no se interrumpen ni esos días pueden disfrutarse posteriormente.
📌 ¿Por qué?
Porque los permisos retribuidos tienen como finalidad justificar la ausencia cuando existe obligación de trabajar. Si ya estás de vacaciones, esa obligación no existe.
⚠️ La única excepción importante es la Incapacidad Temporal (IT). Si durante las vacaciones comienza una baja médica, el artículo 38.3 del Estatuto de los Trabajadores permite recuperar los días de vacaciones coincidentes con la IT, dentro de los límites establecidos por la ley.
En la infografía te resumimos de forma sencilla las diferencias entre permiso retribuido e incapacidad temporal, así como la doctrina consolidada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
📖 Conocer tus derechos es la mejor herramienta para defenderlos.
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