
En este artículo te hablamos sobre el Teletrabajo y cómo puedes solicitarlo.
Además, hemos preparado un video explicativo para que elijas la forma que prefieras de informarte.
Haz clic en la imagen si prefieres ver el video.
El Teletrabajo en España está regulado por la Ley 10/2021, de 9 de julio.
- Tiene carácter de Voluntariedad. Cualquiera de las partes puede rescindir el acuerdo.
- Debe formalizarse mediante un acuerdo por escrito.
- El acuerdo debe prever la posibilidad de Reversibilidad.
¿Cómo puedes solicitarlo?
- Para solicitarlo debes abrir un Service Point. En Consultas Generales sobre el Acuerdo Colectivo de Teletrabajo.
- Accede a la Indraweb, en la herramienta de Aproxima, apartado Teletrabajo.
- Ahí tendrás acceso al escrito del acuerdo.
- Y podrás visualizar el contrato de Teletrabajo.
Derechos y obligaciones
- Igualdad de trato teniendo los mismos derechos que las personas que prestan sus servicios de forma presencial, en cuanto a retribución, tiempo de trabajo, formación, promoción profesional, ejercicio de derechos colectivos, y condiciones de salud y seguridad.
- Compensación de gastos. La empresa debe compensar con 17,68€ mensuales, si estas al 100% teletrabajando, o con 8,84€, si estas al 50%.
- Prevención de riesgos laborales, realizando una evaluación de riesgos a través de un formulario.
- Derecho a la desconexión digital. La persona trabajadora tiene derecho a no recibir comunicaciones laborales fuera de su jornada laboral, respetando su tiempo de descanso y desconexión.



