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AYUDA POR DIVERSIDAD FUNCIONAL

LA COMPAÑÍA SUSPENDE LA APORTACION ECONOMICA HASTA NUEVO INFORME

En el actual Plan de Igualdad se establece una ayuda económica para las personas trabajadoras que tengan una diversidad funcional reconocida a partir del del 33% y para aquellas que tengan una persona a su cargo con diversidad funcional del 33% o más.

En algunos casos este reconocimiento del porcentaje de diversidad funcional tiene que revisarse periódicamente por parte de la persona trabajadora, que ha de instar a la administración competente una nueva revisión cuando se acerca esa fecha.

El problema es que la administración competente no lleva a cabo esta nueva revisión hasta pasados, en ocasiones, 10 meses desde que se realiza la petición por parte de la persona trabajadora, produciendo situaciones en las que se supera la fecha prevista para la nueva revisión.

En estas situaciones la compañía está dejando de abonar la ayuda económica a las personas que vienen percibiéndola, hasta que no aporten un nuevo informe que confirme el porcentaje de diversidad funcional.

Desde USO nos hemos dirigido a la compañía para que proceda a mantener el abono de estas ayudas, hasta que las personas que vienen percibiendo ya estas ayudas obtengan su nuevo informe. Su respuesta ha sido negativa.

Desde USO justificamos nuestra solicitud en dos premisas:

  • La resolución dictada por la Administración competente sobre el Reconocimiento del Grado de Discapacidad no establece una fecha de finalización, sino, exclusivamente, de revisión dentro de los plazos marcados por la misma o cuando se prevea una modificación de las circunstancias qué dieron lugar a su reconocimiento. (Artículo 9.3 y 12.1 respectivamente del Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad).
  • El artículo 12.4 del Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, recoge que “Cuando la Administración competente no haya revisado el grado de discapacidad en plazo, por causas ajenas a la persona interesada, se mantendrá el grado de discapacidad hasta que haya una nueva resolución.”

Desde USO vamos a llevar esta reclamación hasta la última instancia ya que creemos que se están vulnerando claramente los derechos de este colectivo de personas dentro de Indra.

Ya hemos empezado el proceso de reclamación dirigiéndonos a la comisión de seguimiento del Plan de Igualdad, a la que hemos trasladado este asunto para que, en un plazo no superior a 15 días, analice nuestra reclamación y, en su caso, establezca los criterios y procedimiento para percibir la ayuda por discapacidad recogida en dicho plan de manera que no se produzca un perjuicio o discriminación indirecta para aquellas personas a las que va dirigido.

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