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IndrUSO #010

Dietas. USO presenta conflicto colectivo

Artículos:

  • Dietas. USO presenta conflicto colectivo ante la Audiencia Nacional.
  • Convenio. USO impugna XVIII Convenio Sectorial TIC.
  • LinkTree. USO Industria minsait.
  • ISTI. USO no firma planes en blanco.
  • Formación para las personas empleadas que quieran mejorar sus competencias.
  • PRL. El síndrome de Estocolmo laboral.

Adjuntos:

DIETAS

¿TIENES DERECHO A COBRARLAS, CUANDO y CUANTO?

El Art. 30 del XVIII Convenio Sectorial establece que, en los “viajes de servicio” (desplazamientos) que no se requiera pernoctar fuera de la residencia habitual, la cuantía de la dieta se reducirá en un 50%. Es decir 55€/2 = 27,5€.

No nos consta que Indra esté abonando esta cantidad a aquellas personas que, por circunstancias del trabajo, tengan que desplazarse fuera de su centro de trabajo habitual y tengan que comer en el lugar del desplazamiento.

A raíz de vuestras numerosas consultas sobre el rechazo de las hojas de gastos, y sobre las dietas que os corresponden en estos casos, el pasado 17 de octubre nos dirigimos a la dirección de RRLL para que nos aclarasen porque la compañía no abona la media dieta en estas situaciones. ¿Su respuesta?: Ambigua.

Más clara es la respuesta que habéis obtenido alguno de los afectados a través de Service Point: Si en tu desplazamiento no cambias de provincia, NO HAY MEDIA DIETA.

Nada dice el Convenio Sectorial al respecto de la obligación de cambiar de provincia para tener derecho a su cobro. Es más, este conflicto ya se resolvió en sentencia firme del Tribunal Supremo en 2012, confirmando que dicho artículo no hacía mención al cambio de provincia que sigue citando la compañía.

Desde USO, el pasado lunes 4 de diciembre, nos hemos dirigido a la Comisión Paritaria del Convenio Sectorial, donde están los sindicatos firmantes CCOO y UGT, para que nos remitan su posición al respecto, como trámite previo antes de presentar un Conflicto Colectivo para reclamar a la compañía la adecuada aplicación de esta norma. Estamos seguros de que CCOO y UGT estarán a la altura y se sumarán a esta demanda en defensa de los derechos de las personas trabajadoras.

Por otra parte, celebramos que se abonen por fin algunas hojas de gastos pendientes, que llevamos reclamando desde hace meses a la compañía, ya que algunos técnicos llevaban muchos gastos adelantados de su bolsillo. Sí, así es, algunas personas en esta compañía tienen que poner dinero de su bolsillo para ir a trabajar cada día. ¡INTOLERABLE!

No obstante, seguimos comprobando que, a día de hoy, todavía se siguen rechazando hojas de gastos por parte de algunos responsables. La historia interminable.

Nos llama la atención que CCOO celebre que la dirección de la compañía vaya a abonar al colectivo de Técnicos de Campo los 8€ que venían percibiendo como compensación a la comida, de AHORA EN ADELANTE. ¿Cómo? ¡De eso NADA!

De AHORA EN ADELANTE, y desde la publicación del Convenio Sectorial, a este colectivo les aplica la MEDIA DIETA, que son 27,5€ al día, lejos de esos 8€ que venían percibiendo HASTA AHORA.

Es por ello que desde USO venimos reclamando a la dirección de la compañía, desde el pasado mes de septiembre, que, a este numeroso colectivo de personas trabajadoras, les sea de aplicación a partir de la publicación del mismo, tanto a efectos de dietas como de kilometraje, lo recogido en el Convenio Sectorial.

Os mantendremos informados de los avances de este conflicto, en el que esperamos contar con el apoyo de toda la representación sindical de Indra.

EL CONVENIO SECTORIAL DEROGA EL CONVENIO TECNOCOM

Quizás no te lo habían dicho los sindicatos firmantes del nuevo Convenio Sectorial, publicado en el BOE el pasado 26 de julio, pero este “histórico” convenio sectorial, además de ahondar más en la precarización del sector, congelando los incrementos salariales debido al mantenimiento de la cláusula de compensación y absorción y por otro lado condenando al sector a una jornada del siglo XX de 1800 horas anuales hasta el fin de los tiempos, también nos ha traído otro regalo al colectivo que proviene del grupo Tecnocom: DEROGACIÓN del Convenio de Tecnocom.

Esta vez las malas noticias las daba ayer la compañía, y si provenías del grupo Tecnocom, habrás recibido un correo de Relaciones Laborales donde se te comunica que “dicho nuevo texto convencional te resulta de aplicación en su totalidad, sustituyendo íntegramente y quedando sin efecto, por tanto, las condiciones de cualquier clase que se contienen en el convenio colectivo de Tecnocom (TES, TTE y TSyA 2013-2014) que deja de ser aplicable a todos los efectos.”

También se añade que “las relaciones laborales y las condiciones de trabajo de las personas trabajadoras procedentes de las sociedades del Grupo Tecnocom extinguidas e integradas en Minsait, entre las que te encuentras, pasarán a regirse enteramente por este nuevo Convenio que será la única norma colectiva de referencia.”

Desde USO, en las más de 20 charlas que hemos venido dando desde enero para informar de las consecuencias de la firma de este Convenio Sectorial, ya advertíamos de las consecuencias para los que proveníamos de Tecnocom: la muerte de nuestro Convenio.

Por este motivo, desde que llegamos a Indra hace 5 años, nuestro primer objetivo fue plantear la negociación de un Convenio de Empresa en Indra que recogiera una regulación amplia y pegada a la realidad de la compañía y evitara esto que vamos a sufrir ahora: la posible pérdida de derechos recogidos en una norma colectiva.

Pero, curiosamente, CCOO y UGT nunca se han sumado a esta iniciativa y a pesar de ello las personas trabajadoras les han dado la mayoría sindical en Indra y, por tanto, tenemos lo que sembramos.

Dicho lo anterior y analizando el escrito enviado por Relaciones Laborales, es cierto que el Art. 44.4 del ET recoge que “las relaciones laborales de los trabajadores afectados por la sucesión seguirán rigiéndose por el convenio colectivo que en el momento de la transmisión fuere de aplicación en la empresa, centro de trabajo o unidad productiva autónoma transferida. Esta aplicación se mantendrá hasta la fecha de expiración del convenio colectivo de origen o hasta la entrada en vigor de otro convenio colectivo nuevo que resulte aplicable a la entidad económica transmitida.»

Por tanto, nada que refutar sobre la pérdida del Convenio de Tecnocom como norma COLECTIVA de aplicación a las personas que provienen de ese colectivo. No obstante, la compañía ha obviado algo muy importante recogido en el Convenio Sectorial y concretamente en el Art. 8:

  1. Se respetarán como derechos adquiridos, a título personal, las situaciones que pudieran existir a la fecha de la firma de este Convenio que, computadas en conjunto y anualmente, resultasen superiores a las establecidas en el mismo.
  2. Asimismo, se mantendrán como derechos adquiridos a título colectivo las situaciones que pudieran existir a la fecha de la firma de este Convenio que, computadas en conjunto y anualmente, resultasen superiores a las establecidas en el mismo, siempre que no estén expresamente modificadas en el articulado de este Convenio.

Y será aquí donde desde USO estaremos muy atentos para VIGILAR cómo interpreta y aplica este artículo la compañía y para, en su caso, denunciar aquello que consideremos no ajustado a derecho.

IndrUSO #009

Convenio Sectorial «Histórico»

Artículos:

  • Convenio Sectorial «Histórico».
  • PRL. Workaholics, trabajólicos o adictos al trabajo.
  • Conciliación Laboral. Ley de Familias.
  • minsait. Grupo de Empresas.
  • Gastos por Adelantado. Esto no es de recibo.
  • Indra. El día de la marmota en la formación.
  • USO. Renta 2022.

Adjuntos:

IndrUSO #008

Especial: 8M AVANCEMOS ES NUESTRO TURNO

Artículos:

  • AVANCEMOS ES NUESTRO TURNO.
  • Nos quieren dejar fuera del plan.
  • Por fin, una formación sobre Igualdad de calidad.

Adjuntos:

IndrUSO #007

Especial: 8M El DÍA ES MÍO,

LA LUCHA ES NUESTRA

Artículos:

  • EL DÍA ES MÍO, LA LUCHA ES NUESTRA.
  • Situación de Igualdad en ISTI.

IndrUSO #006

Especial: 8M #ASÍ NO HAY PLAN

Artículos:

  • #ASÍ NO HAY PLAN.
  • Brecha salarial en ISTI.
  • Sin corresponsabilidad no hay plan.
  • Sin seguimiento no hay plan.
  • El ERE y el ERTE afectan en mayor proporción a las mujeres.

IndrUSO #005

Indra Ejecuta se ERE

605 compañeros y compañeras al paro

Artículos:

  • Indra ejecuta su ERE. 605 compañeros y compañeras al paro.
  • Indra. Regulación del Teletrabajo.
  • Información. Personal desasignado y de baja empleabilidad.
  • Complemento. Maternidad en las personas.

IndrUSO #004

Conciliación. Corresponsabilidad

en tiempos del Coronavirus

Artículos:

  • Conciliación. Corresponsabilidad en tiempos de Coronavirus.
  • Desescalada. Vuelta al centro de trabajo.
  • Movilidad Funcional. Cambio de puesto de trabajo.
  • Indra C19 Pass. Vuelta al centro de trabajo.