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Proposición Cambio de Empresa ISTI / MPS

El viernes día 29 de noviembre, tuvimos conocimiento de que algunos responsables están proponiendo a personas de Indra Soluciones TI, un cambio de empresa a MPS (Minsait Payments Systems), aludiendo a la venta de MPS.  En la mayoría  de los casos incluso con la urgencia de que contesten antes del próximo lunes 2 de diciembre.

Puestos al habla con la dirección de relaciones laborales , nos indican que no tienen constancia de ello, por tanto, de entrada, no parece que esté justificada la urgencia con la que están solicitando la contestación estos responsables.

Desde relaciones laborales nos han trasladado que el lunes indagarán sobre lo ocurrido y nos informarán.

Por tanto, por lo pronto nuestra recomendación para aquellas personas que estéis afectadas, es esperar a que se aclare esta situación y a que cualquier movimiento de personal entre empresas, se lleve a cabo con la mayor transparencia posible y con el acompañamiento de tu representación sindical, para garantizar que no pierdes ningún derecho en un hipotético cambio de empresa.

Para valorar el alcance de este movimiento nos gustaría que nos informaras si eres una de las personas a las que se les ha planteado esta posibilidad. 

Os agradecemos la información y os mantendremos informados.

DESARROLLO DEL PLAN DE BAJAS VOLUNTARIAS INCENTIVADAS

El pasado 22 de noviembre finalizaba el plazo para que la compañía contestara a las personas que habían solicitado su adscripción al Plan de Prejubilación, de manera voluntaria.

Muchas personas nos estáis preguntando estos días por el número de personas que van a ser afectadas finalmente por este plan y del por qué se han rechazado algunas solicitudes.

Lo vamos a decir alto y claro: hoy por hoy los sindicatos firmantes de este acuerdo NO SABEMOS NADA del resultado del plan y no tendremos noticias hasta finales de enero, primera fecha de reunión de la Comisión de “Seguimiento” de este plan.

Desde USO, el 22 de octubre, solicitamos a la Comisión de Seguimiento, en la que se encuentra la compañía y el resto de sindicatos firmantes del plan: CCOO, UGT y RSTIC, que la compañía nos aportara las solicitudes de prejubilación recibidas hasta entonces dado que no se nos estaba haciendo llegar ninguna información. 

A pesar de que el acuerdo dice que la “Comisión recibirá información precisa e inmediata de las solicitudes y propuestas de prejubilación” la compañía nos contestó que, no nos iban a entregar ninguna información hasta la reunión prevista para finales de enero. El resto de sindicatos no abrieron la boca.

Desde USO, una vez finalizado el plazo de contestación por parte de la compañía a las solicitudes de adscripción voluntaria, nos hemos vuelto a dirigir a la compañía para requerirles toda la información. Podéis consultar el escrito aquí.

Pero los números son los que son, un 12,5% de representación de USO frente a un 52% del sindicato mayoritario, no nos permiten cambiar esta situación. Mientras el sindicato mayoritario siga mirando para otro lado permitiendo estos abusos por parte de la dirección es muy difícil hacer la labor de interpretación y seguimiento de la adecuada aplicación de este plan.

Desde USO, creemos que se ha vuelto a perder una GRAN OPORTUNIDAD, para establecer las bases para futuros acuerdos en esta materia, acuerdos a la altura de una compañía del IBEX 35, que puedan convenir tanto a las personas trabajadoras como a la COMPAÑÍA y cuya implantación sea llevada a cabo con total transparencia y con un seguimiento adecuado de las partes. Ya que la situación actual no dista mucho de lo que se venía dando anteriormente, con los acuerdos individuales.

Por el momento, y hasta que no tengamos los datos oficiales y a toro pasado, nos gustaría conocer el volumen real de personas que habéis enviado vuestra solicitud para entrar en el Plan y cuál ha sido la respuesta de la empresa. Si nos hacéis llegar esa información nos ayudaría enormemente a poder sacar conclusiones.

25N Dia Internacional de la eliminación de la violencia contra las mujeres

Desde USO Indra Minsait queremos hacer visible la realidad de esta problemática con datos.

Antes queremos refrescar cual es el origen de este día y cual es su historia. La ONU dio origen a este día como conmemoración del asesinato de tres activistas asesinadas un 25 de noviembre de 1960, las conocidas como “Las Mariposas”.

Es necesario recordar que la violencia hacia la mujer es estructural y sistémica en todo el mundo. Según datos de la ONUuna de cada tres mujeres en el mundo han sido víctimas de violencia física o sexual.

  • Solo en España llevamos registradas 1.285 muertes desde el 1 de enero de 2003 hasta el día de hoy.
  • En este año 2024, 40 mujeres han sido asesinadas.

Y cuando hablamos de violencia vicaria el daño no solo va dirigido a la mujer, hay más víctimas, los hijos e hijas.

  • Solo en España se han registrado 61 asesinatos desde el 1 de enero de 2013 hasta hoy.
  • En este año 2024 han sido asesinados 8 hijos/as.

La muerte de estas mujeres ha dejado 463 huérfanos y huérfanas desde el 1 de enero de 2013 hasta el día de hoy. En este año 2024 han sido 30 menores de edad los que se han quedado huérfanos y huérfanas.

Recuerda este número 016Ha recibido 1.325.801 llamadas desde el 3 de septiembre de 2007 hasta el 30 de septiembre de este 2024. En este año 2024 80.482 llamadas recibidas a fecha de 30 septiembre.

Las cifras hablan por sí solas y son estremecedoras. Pero, tampoco queremos pasar por alto, esa violencia que no se ve reflejada en las cifras, esa que es mucho más sutil y difícil de identificar, que sufren a menudo las mujeres por el hecho de ser mujeres. Es por ello, que este año desde USO, no queremos dejar de advertir que ninguna mujer está libre de sufrir discriminación y violencia, en un sistema que ha normalizado e invisibilizado estas desigualdades, llegando   incluso a negarlas y a banalizarlas. Y de ahí la advertencia, de que cualquier hombre podría llegar a ejercer esa violencia sin ni siquiera ser consciente.

C# “Si no conoces a una víctima o un agresor, ¡Cuidado, podrías ser tú!

*Los datos están sacados del Ministerio de Igualdad y de la ONU Mujeres*

Manifiesto Campaña 25N 2024

PERMISOS LABORALES Y PLAN ME CUIDA ANTE LA DANA

Después de dos semanas de la catástrofe provocada por la DANA, este martes 12 de noviembre, se ha publicado el Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios. Se incluyen las medidas laborales anunciadas por el Ministerio de Trabajo desde el día 30 de octubre y que echamos en falta en el anterior Consejo de Ministros y que así comunicamos desde USO.

La situación de inseguridad jurídica de las personas trabajadoras afectadas requería de estas medidas urgentes, por ello valoramos que se haya celebrado un Consejo de Ministros extraordinario y se hayan incluido, por fin, estas medidas.

El texto establece que la situación excepcional provocada por la DANA se considerará como un riesgo grave e inminente para los trabajadores, lo que les otorga el derecho a interrumpir su actividad laboral y no acudir al lugar de trabajo. Además, el artículo 42 contempla ausencias justificadas y un Plan Mecuida extraordinario para aquellos trabajadores que se vean afectados por la DANA, permitiéndoles ausentarse del trabajo con derecho a remuneración por diversas causas relacionadas con el fenómeno meteorológico adverso.

Protección de la salud

El artículo 41 del título VI del RD, establece que la DANA y sus efectos se considerarán como un riesgo grave e inminente para la salud de los trabajadores, lo que les otorga el derecho a interrumpir su actividad laboral y no acudir al lugar de trabajo.

Permisos retribuidos no recuperables

Además, el artículo 42 del mismo capítulocontempla ausencias justificadas y un Plan Mecuida extraordinario para aquellos trabajadores que se vean afectados por la DANA, permitiéndoles ausentarse del trabajo con derecho a remuneración por diversas causas relacionadas con el fenómeno meteorológico adverso.

Derecho a la adaptación de la jornada laboral

Las personas trabajadoras tienen derecho a adaptar su jornada laboral para poder atender y cuidar a sus familiares en situaciones excepcionales, como la reparación de los daños ocasionados por la DANA. Esta adaptación puede incluir cambios en el horario, la forma de prestación del trabajo o incluso el trabajo a distancia, siempre y cuando sea razonable y proporcional.

Reducción especial de la jornada laboral

En situaciones previstas en el artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores, las personas trabajadoras tienen derecho a una reducción especial de su jornada laboral para poder cuidar a sus familiares. Esta reducción se regirá por lo establecido en los artículos 37.6 y 37.7 del Estatuto de los Trabajadores y deberá ser comunicada a la empresa con 24 horas de antelación. En casos excepcionales, esta reducción puede llegar a ser del 100% de la jornada, siempre y cuando esté justificada y sea razonable y proporcional a la situación de la empresa.

Renuncia temporal a derechos de conciliación o modificación

En caso de que la persona trabajadora ya esté disfrutando de una adaptación de su jornada por conciliación, reducción de jornada por cuidado de hijos o familiares, o cualquier otro derecho de conciliación previsto en el ordenamiento laboral, puede renunciar temporalmente a estos derechos o solicitar su modificación para poder atender a sus familiares en situaciones excepcionales, como la crisis de la DANA. Esta solicitud se limitará al periodo excepcional de duración de la crisis y deberá estar justificada y ser razonable y proporcional a las necesidades de cuidado y organización de la empresa.

Derechos aplicables a los municipios afectados por la DANA

Los derechos establecidos en el artículo anterior también se aplicarán a las relaciones laborales de carácter especial en los municipios afectados por la DANA, según lo previsto en el anexo del Real Decreto-ley 6/2024. Además, en caso de que el deber de cuidado se origine por las consecuencias de la DANA en estas localidades, también se reconocerán estos derechos.

Obligatoriedad del trabajo a distancia

Las personas trabajadoras tienen derecho a realizar su jornada en modalidad de trabajo a distancia, siempre y cuando el estado de las redes de comunicación lo permita y no sea incompatible con la naturaleza de su trabajo.

Ampliación del régimen de trabajo a distancia

En caso de que el trabajo a distancia esté previsto en un acuerdo en vigor, las personas trabajadoras y las personas socias trabajadoras o de trabajo pueden solicitar la ampliación de este régimen a toda la duración de su jornada laboral.

Hemos elaborado este esquema sobre estos permisos extraordinarios que ponemos a vuestra disposición.

Nos indican desde RRLL, que el código de imputación, habilitado en dedicaciones para esta cuestión, es el Z2000/39 «Permiso Fuerza Mayor”. Por otro lado, nos indican que el resto de medidas lo solicitéis a través de la persona de talento de vuestra unidad. Para cualquier consulta al respecto, no dudéis en contactarnos a través de nuestro buzón o a través de vuestros representantes de USO más cercanos. 

USO Industria Minsait con las víctimas de la DANA – AYUDAS URGENTES

Tras la necesidad de información fiable y contrastada que se demanda en estos momentos de dolor y angustia, desde USO Indra Minsait, queremos ir dando información que pueda resultar relevante para las personas afectadas de nuestra plantilla. 

Hoy mismo la GV ha aprobado el Decreto 163/2024 , que establece la concesión directa de ayudas urgentes para paliar los daños en bienes de primera necesidad causados por el temporal de viento y lluvias que afectó a diversas localidades de la Comunitat Valenciana desde el 29 de octubre de 2024.

Los puntos importantes se resumen en lo siguiente:

Personas beneficiarias: Podrán solicitar estas ayudas las personas que hayan sufrido graves daños en sus viviendas ubicadas en los municipios afectados (ver lista al final de este comunicado). Solo se permite una solicitud por vivienda afectada.

Objeto de la ayuda: La ayuda cubrirá los daños en enseres y bienes de primera necesidad. El importe máximo por vivienda es de 6.000 euros, con un total presupuestado de 200 millones de euros para esta ayuda.

Plazo y requisitos de solicitud: Las solicitudes podrán presentarse desde la fecha de publicación del decreto hasta el 16 de diciembre de 2024, o hasta una fecha posterior si se amplían los municipios afectados. Los solicitantes deben aportar documentos que acrediten el derecho de uso de la vivienda afectada, su ubicación exacta y documentación bancaria para la domiciliación de la ayuda, todo ello mediante la cumplimentación del modelo que se incluye en el anexo II del decreto.

También se podrá presentar la solicitud de ayuda adjuntando un certificado del Ayuntamiento de la localidad donde se ubique la vivienda, en el que conste: La identificación de la vivienda donde residía el solicitante en la que se especifique que la misma fue gravemente dañada por el temporal, los datos de identificación de la persona solicitante (nombre y apellidos y DNI), la identificación de las personas que residían con el solicitante en la vivienda (en este caso para evitar duplicidades), el Titulo jurídico o documento con valor probatorio de residencia en la vivienda afectada, y el Formulario de domiciliación bancaria.

Las solicitudes podrán presentarse en las oficinas de postemergencia de la Generalitat o telemáticamente en el portal de la Generalitat Valenciana. Para más detalles, consulte el decreto en el DOGV.

Además de las ayudas para daños en bienes de primera necesidad, se han implementado medidas adicionales de apoyo a trabajadores y autónomos afectados por el temporal en la Comunitat Valenciana:

  • Escudo Laboral: El Gobierno ha aprobado medidas de protección laboral, incluyendo:
    • ERTE por Fuerza Mayor para empresas afectadas, permitiendo la suspensión temporal de contratos.
    • Permisos retribuidos y priorización del teletrabajo para facilitar la adaptación laboral en las zonas afectadas.
    • Protección adicional para trabajadoras del hogar y apoyo específico para autónomos que hayan visto afectadas sus actividades.

Más información en sepe.es.

  • Suspensión de Cobros Fiscales: Hacienda ha anunciado la suspensión del segundo pago del IRPF para contribuyentes de las zonas afectadas, brindando alivio económico inmediato. Más detalles disponibles en lamoncloa.gob.es.

Estas medidas complementan las ayudas directas para personas con daños en bienes esenciales en sus viviendas y muestran un compromiso firme de apoyo a los afectados por el temporal en la Comunitat Valenciana.

USO espera “que se abra un periodo de reflexión y se legisle para evitar que, ante las alertas rojas de la AEMET, no haya un protocolo unificado de actuación y, como ha ocurrido en este caso, las medidas de prevención y la paralización de la actividad solo dependa de la buena voluntad de la empresa, es obligación de todos trabajar para aprender de esta terrible tragedia. No puede volver a repetirse que haya centros de trabajo que sigan abiertos y se obligue a los trabajadores a acudir cuando las condiciones son de riesgo real, el principio de prevención debe primar por encima de todo y salvaguardar la vida de las personas debe ser el principal objetivo. Desde USO condenamos las actitudes empresariales que pusieron y ponen el beneficio por delante de la seguridad y la vida de las personas trabajadoras”.

Nos ponemos a disposición de todos los afectados para cualquier duda o consulta que pueda surgir respecto a estas medidas y ayudas, nos podéis contactar en: seccionsindicaluso@indra.es

Localidades afectadas

Provincia de Valencia: Alaquàs; Albal; Albalat de la Ribera; Alborache; Alcàsser; Alcúdia, l’; Aldaia; Alfafar; Alfarb; Algemesí; Alginet; Almussafes; Alzira; Benetússer; Benicull de Xúquer; Benifaió; Beniparrell; Bétera; Bugarra; Buñol; Calles; Camporrobles; Carlet; Catadau; Catarroja; Caudete de las Fuentes; Chera; Cheste; Chiva; Corbera; Cullera; Dos Aguas; Favara; Fortaleny; Fuenterrobles; Gestalgar; Godelleta; Guadassuar; Llaurí; Llíria; Llocnou de la Corona; Llombai; Loriguilla – sólo núcleo urbano junto A3; Macastre; Manises; Massanassa; Mislata; Montroi/Montroy; Montserrat; Paiporta; Paterna; Pedralba; Picanya; Picassent; Polinyà de Xúquer; Quart de Poblet; Real; Requena; Riba-roja de Túria; Riola; Sedaví; Siete Aguas; Silla; Sinarcas; Sollana; Sot de Chera; Sueca; Tavernes de la Valldigna; Torrent; Turís; Utiel; València – PEDANÍAS SUR; Vilamarxant; Xirivella; Yátova.

Comunicado de USOCV ante la situación excepcional en la provincia de Valencia

Ante la situación excepcional y catastrófica que se ha vivido y se continúa viviendo en la provincia de Valencia, afectando a miles de personas y trabajadores, desde USOCV expresamos nuestra total disposición para apoyar a nuestros afiliados, delegados y a cualquier persona que necesite orientación en temas laborales en esta emergencia.

Para consultas laborales, pueden contactarnos en nuestras sedes a través del siguiente enlace: USOCV – Contacto o comunicarse con su enlace sindical.

Números de emergencia:

  • Emergencias: 112
  • Personas Desaparecidas: 900 365 112 (Teléfono de la Generalitat Valenciana para familiares de personas desaparecidas)

Recomendaciones especiales para hoy:

  • Evitar el uso del coche, especialmente en las provincias de Valencia y Castellón.

Es urgente legislar para establecer protocolos específicos que permitan el cese de toda actividad no esencial cuando se presenten situaciones de esta gravedad y las alertas lleguen a todos de forma anticipada.

USOCV informa: Ausencia al trabajo por alerta temporal

¿Necesito un justificante para la empresa?
Para justificar la ausencia al trabajo debido a la alerta por el temporal, la declaración de alerta roja o naranja por parte de las autoridades es suficiente. Las recomendaciones de permanecer en casa y evitar desplazamientos constituyen motivos de causa mayor. La empresa, sin embargo, puede solicitar una justificación «oficial» de la administración pública que acredite la situación de alarma o el cierre de vías y carreteras.

¿Se abona la jornada si no puedo ir a trabajar por lluvia?
En casos de suspensión por fuerza mayor, como esta situación, se eximen las obligaciones mutuas de trabajar y remunerar el trabajo, salvo disposición en convenio colectivo. Esto puede implicar:

  • La retirada del salario correspondiente a la jornada laboral.
  • La recuperación de horas no trabajadas en otro momento, fuera del horario laboral.
  • O, si es posible, la realización de tareas desde casa.

Es fundamental que los representantes de los trabajadores y las empresas acuerden soluciones en estos casos, ya que afecta a la mayoría, si no a toda la plantilla.

Para más información o asesoría en esta situación, no duden en contactarnos.

USO SE CONSOLIDA COMO PRIMERA FUERZA SINDICAL EN INDRA GESTIÓN DE USUARIOS CON DOS NUEVOS DELEGADOS DE PERSONAL

El pasado jueves, 24 de octubre, se celebraron elecciones parciales en el centro de Alcobendas–Arroyo para la empresa Indra Gestión de Usuarios (IGU) para ampliar la representación con dos delegados de personal más.

Con un 30% de participación, los candidatos de USO: Alberto Peña y Carlos Ramos, consiguieron el apoyo mayoritario de las personas trabajadoras de ese centro, con 13 y 12 votos respectivamente, frente a 1 solo voto obtenido por las personas de la candidatura de UGT.

Por lo que junto con el delegado de personal que ya teníamos, somos el único sindicato con representación en el centro con tres delegados de personal.

Queremos dar las gracias a las personas trabajadoras de IGU en Arroyo por otorgarnos su apoyo y confianza a través de nuestros candidatos.

Con este resultado ya contamos con 14 delegados en IGU y un 28.6% de representación a nivel nacional afianzándonos como primera fuerza sindical.

Nos enorgullece y nos anima saber, que en IGU, hay una apuesta decidida por parte de la plantilla, para que no sean «los de siempre» quienes negocien sus derechos.

Desde USO, vamos a seguir trabajando para ser útiles a quienes representamos, para seguir generando confianza y apoyo entre las plantillas del grupo Minsait para llegar a alcanzar el objetivo marcado de poder negociar un Convenio propio de Empresa.

GRACIAS POR TU APOYO

3ª Reunión Negociación Programa Prejubilaciones 2024

Prejubilaciones 2024

Indra Soluciones Tecnologías de la Información, S.L.U.

30/09/2024

Hoy se ha celebrado la tercera y última reunión de negociación del Plan de Prejubilaciones para la empresa ISTI.

Se ha alcanzado el acuerdo final que os exponemos a continuación:

●       Edad de entrada.  La persona interesada debe haber cumplidos los 59 años a 31 de diciembre de 2024. Excepcionalmente podrán solicitarlo aquellos que cumplan los 59 años hasta el 28 de febrero.

●       Edad de salida. La cobertura salarial se abonará hasta que la persona trabajadora pueda acceder a la jubilación anticipada voluntaria, es decir 2 años antes de su edad ordinaria de jubilación.

●       Cobertura Salarial.

  • Las personas con un Salario Fijo Bruto Anual (SFBA) <= 30.000€ percibirán el 90% de su SFBA.
  • Las personas con un SFBA >30.000€ percibirán el 80% de su SFBA con un mínimo de 27.000€.
  • Las personas con 63 o más años de edad, percibirán una compensación de 20 días por año trabajado con un máximo de 1 anualidad.
  • Las personas con 62 años o más de edad, percibirán, como mínimo, una cantidad igual a la que percibirían teniendo 63 años.

●       Cotizaciones de la Seguridad Social.  La compañía abonara el 100% de las cotizaciones a la seguridad social, hasta que la persona pueda acceder a la jubilación anticipada voluntaria, en una cuantía igual a la media de las últimas 12 cotizaciones que tenga cada persona.

●     Salario Fijo Bruto Anual. Se incluirán en este Salario las cantidades que se vinieran percibiendo por el complemento personal por diversidad funcional o aquellas cantidades del Plan Reflex que formen parte de la retribución de cada persona.

●       Pólizas Sanitarias. La persona podrá adscribirse a las Pólizas Sanitarias para las personas exempleadas de Indra.

Como ya hemos expresado desde el principio de esta negociación, desde USO valoramos positivamente la negociación de este programa que venimos reclamando desde hace mucho tiempo. USO entiende que las condiciones distan aún de lo que nos gustaría que recogiera este programa, ya que en nuestra opinión una compañía como esta, con los números actuales, puede permitirse un plan más ambicioso y que llegue a un número más elevado de personas.

Ahora bien, dando valor al hecho de que se trata de un acuerdo colectivo y teniendo en cuenta la voluntariedad a la adscripción al mismo por parte de las personas trabajadoras, hemos llegado a la conclusión de firmar el mismo. Dado que la alternativa es la continuidad de los acuerdos individuales a espaldas de la RLPT.

Se va a crear una Comisión de Seguimiento, en la que USO estará presente, que velará por la adecuada aplicación del Plan. Así mismo, cuando se determine el procedimiento a seguir para las adscripciones al Plan os informaremos puntualmente.

Así mismo, desde USO nos ponemos a vuestra disposición para informaros y asesoraros, si tienes interés no dudes en dirigirte a nuestro buzón, para poder concretar contigo una reunión, para darte más detalle y despejar las dudas que puedas tener, para que tomes la mejor decisión.

También estamos ultimando la elaboración de una herramienta muy práctica para facilitaros todos los cálculos.

Aquí tenéis un resumen de cómo están ahora las condiciones para poder jubilarte anticipadamente: https://indraminsait.usoindustria.org/jubilacion-2024/

Quedamos a vuestra disposición para cualquier duda que os pueda surgir.

2ª Reunión Negociación Programa Prejubilaciones 2024

Prejubilaciones 2024

Indra Soluciones Tecnologías de la Información, S.L.U.

23/09/2024

Hoy se ha celebrado la segunda reunión de negociación del Plan de Prejubilaciones para la empresa ISTI y era el turno de que los sindicatos diéramos traslado a la compañía de los parámetros en los que consideramos debería acordarse este plan:

Desde USO hemos solicitado:

  • EDAD AFECTACIÓN. Podrá afectar a todas las personas trabajadoras que a 31 de diciembre de 2024 tengan cumplidos 57 años de edad.
  • COBERTURA SALARIAL:
    • Cobertura del 90% de la Retribución Fija Anual (RFA) hasta la edad legal de jubilación ORDINARIA.
    • RFA. Desglose de conceptos excluidos para el cálculo del RFA.
    • COTIZACIONES. La empresa abonará al trabajador una cantidad bruta equivalente al coste del convenio especial con la Seguridad Social hasta la edad  de jubilación ORDINARIA, más la retención de IRPF de esta cantidad.
  • GARANTÍAS. Cobertura de una empresa externa que garantice el cobro de las cantidades pactadas.
  • BENEFICIOS SOCIALES. Mantenimiento de aquellos beneficios sociales: póliza de salud, ayudas discapacidad o equivalentes hasta edad legal de jubilación ORDINARIA.
  • COMISIÓN SEGUIMIENTO. Solicitar la creación de una comisión de seguimiento para velar por la adecuada aplicación del plan.
  • SOLICITUD DE ADHESIÓN. En caso de rechazo por parte de la compañía de la solicitud de adhesión por parte de una persona ésta deberá justificar el motivo.

El resto de sindicatos han aportado otras propuestas que os resumimos:

  • CCOO aceptaría arrancar desde los 58 años, con una cobertura del 90% del Salario Total y hasta la edad legal de jubilación ANTICIPADA de cada persona y para las personas con 63 años piden 2 anualidades de indemnización en lugar de una, como propone la compañía.
  • UGT aceptaría arrancar desde los 60 años, con una cobertura del 95% del Salario Total y hasta la edad legal de jubilación ORDINARIA y siguen insistiendo en la necesidad de utilizar el contrato de relevo.

La compañía se mantiene en sus trece y considera que el coste del plan debe ser asumible advirtiendo que hay propuestas de la parte social que son, de entrada y desde su punto de vista, inasumibles:

  • Llevar la afectación del plan hasta la edad legal de jubilación ordinaria. NO.
  • Bajar la edad de entrada al plan por debajo de los 58 años. NO.
  • Elevar las coberturas hasta el 90%. NO.
  • Contratos de Relevo. NO.

Aunque desde la dirección van a valorar detenidamente todas las propuestas expuestas por la parte social y nos contestaran el lunes que viene con una propuesta de cierre, señalan que no debemos olvidar que este plan es de aceptación voluntaria y por tanto no hay mucho margen de mejora en sus posiciones de partida.

La compañía ha dejado caer que, si finalmente no hay un acuerdo, ellos seguirán haciendo propuestas de prejubilación individuales tal y como vienen haciendo en los últimos años.

Quedamos a vuestra disposición para cualquier duda que os pueda surgir.

1ª Reunión Negociación Programa Prejubilaciones 2024

Prejubilaciones 2024

Indra Soluciones Tecnologías de la Información, S.L.U.

El pasado jueves 19 de septiembre se celebró la primera reunión para la negociación de un programa de prejubilaciones, que la compañía quiere llevar a cabo antes del 31 de diciembre de 2024.

Es una buena noticia que, por fin, estas salidas que se llevan produciendo desde hace bastante tiempo en la empresa, se acuerden con la RLPT, tal y como venimos reclamando desde USO, desde que somos conocedores de ello.

La reunión consistió en la constitución de la mesa de negociación, acordando que toda la RLPT esté presente en las reuniones, lo cual nos satisface, y en la exposición por parte de RRLL de su propuesta inicial: 

  • VOLUNTARIEDAD en las salidas. Es decir, la compañía pacta con la RLT las condiciones de salida y posteriormente acordará individualmente la salida con la persona trabajadora.
  • ADHESIÓN. Te puede proponer la compañía o puedes levantar la mano y proponerte tú. En su momento se especificará el procedimiento a seguir. Y de igual forma ambas partes pueden rechazar la propuesta.
  • EDAD DE AFECTACIÓN. Tienes que tener más de 60 años antes de fin de año. Y además la cotización suficiente para poder acceder a la jubilación.
  • COBERTURA SALARIAL.
    • Entre los 60 y 62 años. La compañía abonará el 70% de la Retribución Fija Anual. Además del convenio especial que la persona trabajadora debe suscribir con la SS.
    • A partir de los 63 años. Una cantidad de 20 días de salario al año con tope de 1 anualidad de tu salario actual.

Esta propuesta de la compañía es muy similar a la acordada en el Plan de Prejubilaciones de 2019, firmado por la dirección y los sindicatos CCOO y UGT. Podéis verificarlo aquí Acuerdo Colectivo Prejubilación 2019.

Desde USO consideramos insuficiente esta propuesta de la compañía, tanto en rangos de edad de afectación como en porcentajes de cobertura y vamos a proponer mejoras de las condiciones, y que se ajuste el volumen global de personas que puedan acceder voluntariamente al plan si así lo desean y en mejores condiciones, habida cuenta de la buena salud financiera de la compañía en estos momentos.

La compañía ha propuesto dos nuevas fechas para cerrar el acuerdo, lunes, 23 de Septiembre y lunes 30 de Septiembre, por lo que parece que, por su parte, no hay mucho margen de maniobra en lo que ha dejado hoy encima de la mesa. Por lo que después de la próxima reunión os informaremos puntualmente.

Quedamos a vuestra disposición para cualquier duda que os pueda surgir.