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USO SE CONSOLIDA COMO PRIMERA FUERZA SINDICAL EN INDRA GESTIÓN DE USUARIOS CON DOS NUEVOS DELEGADOS DE PERSONAL

El pasado jueves, 24 de octubre, se celebraron elecciones parciales en el centro de Alcobendas–Arroyo para la empresa Indra Gestión de Usuarios (IGU) para ampliar la representación con dos delegados de personal más.

Con un 30% de participación, los candidatos de USO: Alberto Peña y Carlos Ramos, consiguieron el apoyo mayoritario de las personas trabajadoras de ese centro, con 13 y 12 votos respectivamente, frente a 1 solo voto obtenido por las personas de la candidatura de UGT.

Por lo que junto con el delegado de personal que ya teníamos, somos el único sindicato con representación en el centro con tres delegados de personal.

Queremos dar las gracias a las personas trabajadoras de IGU en Arroyo por otorgarnos su apoyo y confianza a través de nuestros candidatos.

Con este resultado ya contamos con 14 delegados en IGU y un 28.6% de representación a nivel nacional afianzándonos como primera fuerza sindical.

Nos enorgullece y nos anima saber, que en IGU, hay una apuesta decidida por parte de la plantilla, para que no sean «los de siempre» quienes negocien sus derechos.

Desde USO, vamos a seguir trabajando para ser útiles a quienes representamos, para seguir generando confianza y apoyo entre las plantillas del grupo Minsait para llegar a alcanzar el objetivo marcado de poder negociar un Convenio propio de Empresa.

GRACIAS POR TU APOYO

3ª Reunión Negociación Programa Prejubilaciones 2024

Prejubilaciones 2024

Indra Soluciones Tecnologías de la Información, S.L.U.

30/09/2024

Hoy se ha celebrado la tercera y última reunión de negociación del Plan de Prejubilaciones para la empresa ISTI.

Se ha alcanzado el acuerdo final que os exponemos a continuación:

●       Edad de entrada.  La persona interesada debe haber cumplidos los 59 años a 31 de diciembre de 2024. Excepcionalmente podrán solicitarlo aquellos que cumplan los 59 años hasta el 28 de febrero.

●       Edad de salida. La cobertura salarial se abonará hasta que la persona trabajadora pueda acceder a la jubilación anticipada voluntaria, es decir 2 años antes de su edad ordinaria de jubilación.

●       Cobertura Salarial.

  • Las personas con un Salario Fijo Bruto Anual (SFBA) <= 30.000€ percibirán el 90% de su SFBA.
  • Las personas con un SFBA >30.000€ percibirán el 80% de su SFBA con un mínimo de 27.000€.
  • Las personas con 63 o más años de edad, percibirán una compensación de 20 días por año trabajado con un máximo de 1 anualidad.
  • Las personas con 62 años o más de edad, percibirán, como mínimo, una cantidad igual a la que percibirían teniendo 63 años.

●       Cotizaciones de la Seguridad Social.  La compañía abonara el 100% de las cotizaciones a la seguridad social, hasta que la persona pueda acceder a la jubilación anticipada voluntaria, en una cuantía igual a la media de las últimas 12 cotizaciones que tenga cada persona.

●     Salario Fijo Bruto Anual. Se incluirán en este Salario las cantidades que se vinieran percibiendo por el complemento personal por diversidad funcional o aquellas cantidades del Plan Reflex que formen parte de la retribución de cada persona.

●       Pólizas Sanitarias. La persona podrá adscribirse a las Pólizas Sanitarias para las personas exempleadas de Indra.

Como ya hemos expresado desde el principio de esta negociación, desde USO valoramos positivamente la negociación de este programa que venimos reclamando desde hace mucho tiempo. USO entiende que las condiciones distan aún de lo que nos gustaría que recogiera este programa, ya que en nuestra opinión una compañía como esta, con los números actuales, puede permitirse un plan más ambicioso y que llegue a un número más elevado de personas.

Ahora bien, dando valor al hecho de que se trata de un acuerdo colectivo y teniendo en cuenta la voluntariedad a la adscripción al mismo por parte de las personas trabajadoras, hemos llegado a la conclusión de firmar el mismo. Dado que la alternativa es la continuidad de los acuerdos individuales a espaldas de la RLPT.

Se va a crear una Comisión de Seguimiento, en la que USO estará presente, que velará por la adecuada aplicación del Plan. Así mismo, cuando se determine el procedimiento a seguir para las adscripciones al Plan os informaremos puntualmente.

Así mismo, desde USO nos ponemos a vuestra disposición para informaros y asesoraros, si tienes interés no dudes en dirigirte a nuestro buzón, para poder concretar contigo una reunión, para darte más detalle y despejar las dudas que puedas tener, para que tomes la mejor decisión.

También estamos ultimando la elaboración de una herramienta muy práctica para facilitaros todos los cálculos.

Aquí tenéis un resumen de cómo están ahora las condiciones para poder jubilarte anticipadamente: https://indraminsait.usoindustria.org/jubilacion-2024/

Quedamos a vuestra disposición para cualquier duda que os pueda surgir.

2ª Reunión Negociación Programa Prejubilaciones 2024

Prejubilaciones 2024

Indra Soluciones Tecnologías de la Información, S.L.U.

23/09/2024

Hoy se ha celebrado la segunda reunión de negociación del Plan de Prejubilaciones para la empresa ISTI y era el turno de que los sindicatos diéramos traslado a la compañía de los parámetros en los que consideramos debería acordarse este plan:

Desde USO hemos solicitado:

  • EDAD AFECTACIÓN. Podrá afectar a todas las personas trabajadoras que a 31 de diciembre de 2024 tengan cumplidos 57 años de edad.
  • COBERTURA SALARIAL:
    • Cobertura del 90% de la Retribución Fija Anual (RFA) hasta la edad legal de jubilación ORDINARIA.
    • RFA. Desglose de conceptos excluidos para el cálculo del RFA.
    • COTIZACIONES. La empresa abonará al trabajador una cantidad bruta equivalente al coste del convenio especial con la Seguridad Social hasta la edad  de jubilación ORDINARIA, más la retención de IRPF de esta cantidad.
  • GARANTÍAS. Cobertura de una empresa externa que garantice el cobro de las cantidades pactadas.
  • BENEFICIOS SOCIALES. Mantenimiento de aquellos beneficios sociales: póliza de salud, ayudas discapacidad o equivalentes hasta edad legal de jubilación ORDINARIA.
  • COMISIÓN SEGUIMIENTO. Solicitar la creación de una comisión de seguimiento para velar por la adecuada aplicación del plan.
  • SOLICITUD DE ADHESIÓN. En caso de rechazo por parte de la compañía de la solicitud de adhesión por parte de una persona ésta deberá justificar el motivo.

El resto de sindicatos han aportado otras propuestas que os resumimos:

  • CCOO aceptaría arrancar desde los 58 años, con una cobertura del 90% del Salario Total y hasta la edad legal de jubilación ANTICIPADA de cada persona y para las personas con 63 años piden 2 anualidades de indemnización en lugar de una, como propone la compañía.
  • UGT aceptaría arrancar desde los 60 años, con una cobertura del 95% del Salario Total y hasta la edad legal de jubilación ORDINARIA y siguen insistiendo en la necesidad de utilizar el contrato de relevo.

La compañía se mantiene en sus trece y considera que el coste del plan debe ser asumible advirtiendo que hay propuestas de la parte social que son, de entrada y desde su punto de vista, inasumibles:

  • Llevar la afectación del plan hasta la edad legal de jubilación ordinaria. NO.
  • Bajar la edad de entrada al plan por debajo de los 58 años. NO.
  • Elevar las coberturas hasta el 90%. NO.
  • Contratos de Relevo. NO.

Aunque desde la dirección van a valorar detenidamente todas las propuestas expuestas por la parte social y nos contestaran el lunes que viene con una propuesta de cierre, señalan que no debemos olvidar que este plan es de aceptación voluntaria y por tanto no hay mucho margen de mejora en sus posiciones de partida.

La compañía ha dejado caer que, si finalmente no hay un acuerdo, ellos seguirán haciendo propuestas de prejubilación individuales tal y como vienen haciendo en los últimos años.

Quedamos a vuestra disposición para cualquier duda que os pueda surgir.

1ª Reunión Negociación Programa Prejubilaciones 2024

Prejubilaciones 2024

Indra Soluciones Tecnologías de la Información, S.L.U.

El pasado jueves 19 de septiembre se celebró la primera reunión para la negociación de un programa de prejubilaciones, que la compañía quiere llevar a cabo antes del 31 de diciembre de 2024.

Es una buena noticia que, por fin, estas salidas que se llevan produciendo desde hace bastante tiempo en la empresa, se acuerden con la RLPT, tal y como venimos reclamando desde USO, desde que somos conocedores de ello.

La reunión consistió en la constitución de la mesa de negociación, acordando que toda la RLPT esté presente en las reuniones, lo cual nos satisface, y en la exposición por parte de RRLL de su propuesta inicial: 

  • VOLUNTARIEDAD en las salidas. Es decir, la compañía pacta con la RLT las condiciones de salida y posteriormente acordará individualmente la salida con la persona trabajadora.
  • ADHESIÓN. Te puede proponer la compañía o puedes levantar la mano y proponerte tú. En su momento se especificará el procedimiento a seguir. Y de igual forma ambas partes pueden rechazar la propuesta.
  • EDAD DE AFECTACIÓN. Tienes que tener más de 60 años antes de fin de año. Y además la cotización suficiente para poder acceder a la jubilación.
  • COBERTURA SALARIAL.
    • Entre los 60 y 62 años. La compañía abonará el 70% de la Retribución Fija Anual. Además del convenio especial que la persona trabajadora debe suscribir con la SS.
    • A partir de los 63 años. Una cantidad de 20 días de salario al año con tope de 1 anualidad de tu salario actual.

Esta propuesta de la compañía es muy similar a la acordada en el Plan de Prejubilaciones de 2019, firmado por la dirección y los sindicatos CCOO y UGT. Podéis verificarlo aquí Acuerdo Colectivo Prejubilación 2019.

Desde USO consideramos insuficiente esta propuesta de la compañía, tanto en rangos de edad de afectación como en porcentajes de cobertura y vamos a proponer mejoras de las condiciones, y que se ajuste el volumen global de personas que puedan acceder voluntariamente al plan si así lo desean y en mejores condiciones, habida cuenta de la buena salud financiera de la compañía en estos momentos.

La compañía ha propuesto dos nuevas fechas para cerrar el acuerdo, lunes, 23 de Septiembre y lunes 30 de Septiembre, por lo que parece que, por su parte, no hay mucho margen de maniobra en lo que ha dejado hoy encima de la mesa. Por lo que después de la próxima reunión os informaremos puntualmente.

Quedamos a vuestra disposición para cualquier duda que os pueda surgir.

OTRO “LOGRO SINDICAL HISTORICO” POR PARTE DE CCOO

OJO, MUCHO CUIDADO CON LAS ADSCRIPCIONES VOLUNTARIAS ¿IRREVERSIBLES?

Ayer por la mañana al leer el comunicado de CCOO, tuvimos la sensación de estar inmersos en una de esas comedias en las que el protagonista o la protagonista se despierta una mañana y todo su mundo esta del revés, el orden lógico de las cosas ha cambiado y a nadie le sorprende, excepto a él o a ella. 

¿En serio?

¿Cuándo el legislativo nos anuncia muy próxima la reducción de la jornada semanal a 38,5 horas?

¿Es un logro sindical para CCOO aumentar la jornada laboral a 43 horas semanales en Indra?

¿A esto ha quedado reducida la negociación colectiva?

Efectivamente, debemos de venir de Marte, porque desde USO consideraríamos logro sindical, la reducción, sin más, de la extensa jornada anual de 1800 horas, aunque solo fueran unas docenas de horas al año, pero lo de incrementar la jornada semanal nos parece de traca.

Eso sí, lo dejan en vuestras manos y las de RRLL, ahora se trata de una decisión personal vuestra (y nada que objetar al respecto de vuestra decisión) y claro está, la última palabra la tiene RRLL.

Nos gustaría mostraros un ejemplo real de una persona real, que no ha elegido este calendario, si no que venía con su contrato, que nos trasladó su consulta sobre este «fabuloso calendario».

Es decir, estos días de compensación que trae asociado este calendario DEPENDERA del proyecto o cliente donde os encontréis cada año. Recuerda que el convenio sectorial nos obliga a adaptarnos al horario del cliente, y que como personal de una empresa de servicios no estamos adscritos permanentemente a un proyecto o cliente.

Ahora comparemos el calendario de 2024, de Valencia, por ejemplo, con una jornada de 40 horas semanales y 2 meses de jornada intensiva. Si la comparamos con una jornada de 43 horas semanales, que te exige salir media hora más tarde de lunes a jueves y una hora más tarde los viernes, y dos meses de jornada intensiva, salen 105 horas más.

Esas horas de “compensación” que has trabajado de más, son las que te van a dar para disfrutar en días libres, preferentemente en semana santa y en navidad. Es decir, una compensación de menos de 1 hora por hora trabajada de más y preferentemente en ciertas fechas.   Esas horas de más realizadas en tu calendario actual son HORAS EXTRAORDINARIAS a compensar por 1,75 horas por hora trabajada.

Desde USO no compartimos esta forma de solucionar estas diferencias entre personas del mismo proyecto y con respecto a otros proyectos. La mejor manera de resolver estas situaciones, no nos casaremos de decirlo, es negociando un CONVENIO PROPIO. El resto, manzanas envenenadas.

Si tienes alguna duda al respecto y antes de que tomes una decisión precipitada, no dudes en contactarnos para darte todas las claves y tomar una decisión objetiva y contrastada.

Adaptación de la jornada laboral según el Art. 34.8 del Estatuto de los Trabajadores, ¿tienes derecho a solicitar el 100% de teletrabajo?

Te traemos una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña donde confirma el derecho a la trabajadora, programadora en una empresa de servicios informáticos, a disfrutar del 100% de teletrabajo dado que la compañía no ha acreditado la exigencia de la presencialidad ni tampoco se ha acreditado que derive de una exigencia de la empresa cliente.

LA AUDIENCIA NACIONAL NOS DA LA RAZON

AUNQUE NO SALGAS DE LA PROVINCIA TE CORRESPONDE MEDIA DIETA

Como ya sabéis el pasado 8 de enero, USO interponía demanda colectiva en la Audiencia Nacional por las discrepancias surgidas con RRLL por la negativa de pagar la media dieta, ya que muchos de vosotros nos informabais del rechazo de las mismas.

Se procedió a la demanda, ya que, aunque algunos sindicatos salieran en defensa de RRLL diciendo que la empresa ya abonaba dichos gastos, la realidad que nos habéis seguido trasladando era bien distinta.

Tenemos numerosas hojas de gasto rechazadas por esta causa, anteriores y posteriores a enero de 2024.

Sorprendentemente, en el juicio que se llevó a cabo el pasado 17 de abril de 2024, tal y como recoge la sentencia, la defensa de la empresa insistía en que ya se estaba pagando media dieta sin necesidad de que dicho desplazamiento se produjera fuera de la misma provincia y se apoyaba entre otras cosas, en los correos de CCOO y UGT a la plantilla (estos dos sindicatos no comparecieron en el juicio a pesar de estar citados). Sin embargo, aunque el juez insistió en varias ocasiones, Indra no quiso recoger por escrito en un acuerdo entre las partes lo que sostenía, una y otra vez: que se pagaba media dieta en estos casos. MUY CURIOSO, E INEXPLICABLE SEGÚN RECOGE LA PROPIA SENTENCIA.

Pues bien, ahora ya está claro y así lo recoge la sentencia que nos acaban de notificar, la plantilla afectada por el conflicto tienen derecho a que les sea reconocido y abonado el importe del 50% de la dieta regulada en el art. 30.1 del XVIII Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría, tecnologías de la información y estudios de mercado y de la opinión pública, cuando realicen viajes de servicio sin pernocta fuera de su domicilio habitual y que requieran comer en el lugar de desplazamiento, con independencia de que el mismo esté o no dentro de la misma provincia.

Estamos muy satisfechos del resultado, ya que con esta sentencia se garantiza el pago de la media dieta. Nos congratulamos que, gracias al trabajo realizado, a partir de ahora vayáis a cobrar todos, esta dieta, sin distinciones según vuestro colectivo de procedencia. Esperemos que todas las partes implicadas tomen nota y abandonen este modelo de ambigüedad y de relaciones, para escatimar gastos legítimos a aquellos que más lo merecen.

A USO siempre nos vas a encontrar en la vía de la negociación, del dialogo, pero con firmeza, defendiendo las reivindicaciones que nos hacéis llegar y defendiéndolas hasta el final, siempre contando con vuestro apoyo.

Quedamos a vuestra disposición para cualquier aclaración al respecto del abono de estos importes.

DÍA MUNDIAL DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

28 DE ABRIL
DÍA MUNDIAL DE LA
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

El 28 de abril, Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo, USO se centro en destacar que, en función de variables como el género o la edad, los trabajadores, ante el mismo riesgo, sufren diferentes consecuencias. Por eso, se eligió precisamente ese lema: “Mismo riesgo, diferentes consecuencias”.

Podéis encontrar toda esta información mucho más detallada en el siguiente enlace: 28 de abril: «Mismo riesgo, diferentes consecuencias» | Sindicato USO

Queremos facilitaros información importante sobre la gestión de las mutuas en las bajas por contingencias comunes. Ya que últimamente nos han llegado varias consultas, con dudas sobre la actuación de las mismas, ya que según nos habéis informado os solicitan información que no procede y que no tenéis por que facilitar.

¿Tienes derecho a percibir la Media Dieta estipulada en el Convenio Sectorial TIC, cuando tu desplazamiento no implica un cambio de provincia?

En esta sentencia de la Audiencia Nacional se falla por parte de la sala que los trabajadores tienen derecho a que les sea reconocido y abonado el importe del 50 por 100 de la dieta regulada en el art. 30.1 del XVIII Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría, tecnologías de la información y estudios de mercado y de la opinión pública, tal como manda el párrafo 3 del mismo artículo, cuando realicen viajes de servicio sin pernocta fuera de su domicilio habitual y que requieran comer en el lugar de desplazamiento, con independencia de que el mismo esté o no dentro de la misma provincia.

IndrUSO #011

Especial: 8M Día Internacional de la Mujer

Artículos:

  • Plan de Igualdad Grupo minsait: Las mujeres no queremos ser utilizadas como moneda de cambio.
  • LAS MUJERES NO QUEREMOS seguir destinadas a un papel secundario.